Restringen contenidos a la prensa en Tijuana tras una demanda de daño moral y una orden de eliminación.

Por Redacción

  • ARTICLE 19 ve con especial preocupación el uso de la figura de Daño Moral en contra de las y los periodistas, misma que además de pretender la asfixia financiera a periodistas y medios de comunicación, genera autocensura en las y los comunicadores trayendo como consecuencia la falta de información a la que tiene derecho la sociedad.

Ciudad de México, 10 de junio de 2019.- El pasado 6 de junio de 2019 fue notificada, al medio de comunicación AFN Tijuana, la orden del Juez Tercero de lo Penal de Tijuana, Baja California, de“bajar y eliminar de sus servidores web, páginas web, redes sociales y archivos digitales información relacionada a Rogelio “N’”.

Los datos a los que se refiere la orden, se originaron tras la publicación de una nota el pasado 18 de noviembre de 2011, misma que contiene el seguimiento periodístico del medio de comunicación a hechos de interés público, ocurridos en la demarcación el 8 de noviembre del mismo año, en el cual se dio a conocer el asesinato de dos personas en un fraccionamiento de Tijuana, Baja California.

La periodista Dora Elena Cortés, directora de AFN Tijuana explicó a ARTICLE 19 que “es la primera notificación que recibimos de este asunto, no sabemos de qué se trata ni hemos recibido explicación alguna más que la orden del Juez. Años atrás AFN Tijuana fue constantemente hostigada por citatorios judiciales penales y civiles, situación que originó que integrantes del medio se autocensuraran”.

Por otra parte, el pasado 31 de mayo, Sonia de Anda y Daniel Iglesias, periodistas de Uniradio, así como Eduardo Villa e Isaí Lara de Semanario Zeta recibieron información de la demanda por supuesto daño moral cometido por ellos y diversas personas, en contra de la empresa de seguridad privada Seguritech Privada S.A. de C.V., información recabada en la ciudad de Tijuana, Baja California respecto un proceso civil instaurado en la Ciudad de México.

En una entrevista con ARTICLE 19, Sonia de Anda, periodista demandada, refirió: “lo que hacemos en nuestro quehacer periodístico es acercar la información de interés público a la sociedad, no tomamos partido ni apoyamos, generamos que la sociedad tenga sus propias opiniones respecto a los temas de interés general. Ahora tendremos que comparecer a juicio por realizar nuestra labor”.

ARTICLE 19 manifestó su preocupación del uso constante del sistema judicial para restringir el derecho a la libre expresión y el derecho a la información de las y los periodistas involucrados y de la sociedad, al pretender que la misma no reciba información libre y plural de los hechos ocurridos en su entorno.

Expresó su rechazo a las medidas que lleven a eliminar información, que pueda resultar de interés público, ya que existen medios alternativos en caso de que exista colisión de derechos de personas que puedan ser eventualmente mencionadas en notas periodísticas.

ARTICLE 19, dijo que se debe tomar en consideración que las y los periodistas no puedan ser sujetos de sanciones por la utilización de datos personales cuando estos sean obtenidos por fuentes públicas, ya que la obligación de reserva y no filtración de datos en cualquier proceso legal corresponde a las autoridades competentes.

Por lo anterior, hizo un llamado al Juez Tercero de lo Penal, Licenciado Flavio Herrera Robles, a abstenerse de realizar actos que puedan censurar por medios directos e indirectos la información de interés público en el Estado de Baja California, además de recordarle que es su obligación apegarse al principio de legalidad en su actuar. De la misma forma hizo un llamado al Poder Judicial del Estado de Baja California a capacitar a todas y todos los funcionarios públicos, integrantes de dicho organismo Público, sobre la importancia y estándares del derecho a la libre expresión y el derecho a la información, a efecto de que todos sus actos estén apegados a la legalidad y cumplan estrictamente los estándares internacionales en la materia.

Así mismo, destacó su preocupación en el uso de la figura de Daño Moral en contra de las y los periodistas, misma que además de pretender la asfixia financiera a periodistas y medios de comunicación, genera autocensura en las y los comunicadores trayendo como consecuencia la falta de información a la que tiene derecho la sociedad.

Por esta razón, ARTICLE 19 hizo un llamado al Poder Judicial de la Ciudad de México, particularmente al Juez Quincuagésimo Séptimo de lo Civil a garantizar el derecho a la libre expresión y el derecho a la información en los autos del juicio 1135/2018, debiendo para ello absolver a las y los periodistas demandados bajo la figura de daño moral por la sola publicación de información y opiniones respecto a hechos de interés público.
Fuente: ARTICLE 19

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