Artículo 19 exige justicia para la periodista Lidia Cacho, tras tortura sexual

Por Daniel Vivas

Foto Ángel Soto

Ciudad de México 8 mayo 2019- Tras  girarse las órdenes de aprehensión, el pasado 11 de abril, en contra Mario Marín Torres, Kamel Nacif, Juan Sánchez Moreno y Hugo Adolfo Karam, por su probable responsabilidad en el delito de tortura cometido en contra de la periodista y defensora de derechos humanos, Lydia Cacho Ribeiro; Artículo 19, exigió que se garantice la ejecución de las ordenes.

A15 días de su libramiento, estas siguen sin dar resultado, informaron.

Las ordenes de aprehensión se giraron el año pasado, en noviembre, por el Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público de la Federación.

Las ordenes fueron procedentes, en tanto que se acreditaron “el cuerpo del delito y la probable responsabilidad”; conclusión a la que se llegó a partir del análisis del contexto y antecedentes que explican que los hechos de tortura contra la periodista, fueron realizados como castigo, por la publicación del libro “Los demonios del Edén” y a la denuncia pública de las redes de pederastia en México, señala Articulo 19.

Así mismo, la organización señaló que la “maquinaría estatal” operó a través de una “cadena de mando” que abarca, desde Marín, hasta los policías que ejecutaron la orden contra Lydia. Consideraron que el Gobernador de Puebla debía favores económicos a Nacif Borge, razón por  la cual usó el poder estatal de forma desviada para castigar a la periodista por su publicación.

Artículo 19, exige la detención de Mario Marín Torres, Kamel Nacif, Juan Sánchez Moreno y Hugo Adolfo Karam, para esclarecer y sancionar los hechos del 16 y 17 de diciembre de 2005 contra Lydia Cacho; hechos que de acuerdo con el Comité de Derechos Humanos de la ONU, constituyeron tortura sexual, vulnerando los derechos de la periodista a la libertad personal, seguridad,  integridad personal, libertad de expresión y acceso a la justicia.

A 15 días del giro de las ordenes de aprehensión, dicen, no existe evidencia fehaciente de que la Agencia de Investigación Criminal, adscrita a la Fiscalía General de la República y encargada de llevar a cabo las detenciones, haya avisado a INTERPOL para la emisión de notificaciones o fichas rojas internacionales.

Por último, Artículo 19, expresó su apoyo y acompañamiento legal a Lydia Cacho, “no basta con la emisión de estas órdenes de captura contra los presuntos torturadores. Este caso ha cimbrado a la sociedad mexicana por la visibilización de redes de pederastia que cuentan con protección política y el subsecuente uso del aparato estatal para perseguir y castigar a quienes exhiben desde el periodismo y activismo a dichas redes criminales”; de esa manera condenaron el sistema se corrupción vigente en el país, donde pocas veces se garantiza el cumplimiento de la ley y castigo,a quienes gozan de altos mandos.

Cabe destacar, que hasta el momento se han realizado dos de las diez órdenes de captura emitidas desde 2014 a la fecha, una de ellas fue la detención de Juan Sánchez Moreno, en el municipio de Ixtapaluca, Estado de México.

Lidia Cacho expone caso de impunidad en conferencia :

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