Por Sonia Sagrero/@sagrero_sonia
A través de la Sesión Ordinaria del día de ayer, 18 de abril del presente año, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, dio a conocer que el domingo 17 de abril de 2022, se recibió la iniciativa del Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan preceptos de la ley Minera, la cual se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.
Se resaltó que tanto el litio, como otros minerales estratégicos para la transición energética de México, deben ser explorados, explotados y aprovechados por la nación, “en beneficio del pueblo soberano y para garantizar la soberanía energética”.
Asimismo, se mencionó que de acuerdo a la innovación científica y tecnológica que se vive, es necesario que se replantee en la Ley Minera, la importancia de algunos minerales para la nación como estratégicos y necesarios, para la transición energética y el desarrollo tecnológico, como lo es el litio y otros minerales, que conforme vaya evolucionando la ciencia y la tecnología deben excluirse del ordenamiento minero para darles un tratamiento jurídico especial, totalmente distinto del que se les otorga actualmente en la Ley Minera.
“Así pues, el litio y otros minerales deben ser explotados y aprovechados exclusivamente por la nación, a través de un organismo público descentralizado creado para ese efecto. Es imperioso que la nación recupere para sí los recursos minerales que son imprescindibles para su desarrollo, consiga la autodeterminación en esos ámbitos y atienda los reclamos de la soberanía del pueblo”, se agregó.
A través de esto, se argumentó que actualmente el litio ha adquirido gran relevancia tecnológica y económica por sus diversas características y las múltiples aplicaciones en la vida cotidiana de la “sociedad moderna”, ya que se emplea en la fabricación de aviones y trenes, en la producción de baterías en general, para la manufactura de las baterías de las computadoras portátiles, en los teléfonos, en los dispositivos digitales, en la industria de la cerámica y el vidrio, entre otros usos.
Además, se subrayó que México tiene importantes reservas de litio y se reconoce que este, es patrimonio de la nación y su exploración, explotación y aprovechamiento, se reserva para beneficio exclusivo del pueblo de México. De acuerdo a esto, las cadenas de valor económico del litio, se administrarán y controlarán por la nación a través del organismo público señalado en el artículo 10 de la Ley.
La explotación del litio y de sus cadenas de valor, será deber del Estado mexicano, proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios.
La exploración, explotación y aprovechamiento del litio quedo a cargo del Estado y se llevaran a cabo por el organismo público descentralizado, que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables.
Finalmente, se mencionó que el Ejecutivo Federal, dentro de los primeros noventa días hábiles, posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, se encargará de emitir, conforme a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el instrumento de creación del organismo público descentralizado.