Centros penitenciarios de México realizan primeras votaciones anticipadas a las elecciones del 2 de junio

Por primera vez en México, las personas privadas de la libertad recluidas en los centros penitenciarios de la CDMX y Estado de México, podrán ejercer su derecho al voto, por lo que se consideró realizar una votación anticipada para las próximas elecciones del 2 de junio y elegir quien sería la o el representante presidencial de la República Mexicana.

Por Moisés Franco / MoisesFranco_

El pasado lunes 6 de mayo del 2024 se realizaron las primeras votaciones anticipadas por parte de personas que se encuentran en prisión preventiva en los distintos Centros de Readaptación Social de la Ciudad y Estado de México, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) consideró otorgar en una lista nominal de la capital a 1,862 personas recluidas, de las que 153 son mujeres y mil 709 son hombres, el derecho para ejercer su voto libre y secreto. Asimismo, este ejercicio electoral toma en cuenta únicamente a personas privadas de su libertad que no han recibido una sentencia y que permanecen con la medida cautelar de prisión preventiva.

Por su parte, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México y en coordinación con la Subsecretaría del Sistema Penitenciario y el Instituto Nacional Electoral (INE) informó mediante un boletín que esté proceso de votaciones anticipadas se realizaría en cinco de los siete Centros Penitenciarios y en el caso específico de la CDMX, ‘las personas en prisión preventiva podrán votar para Jefatura de Gobierno, diputaciones locales y Alcaldes’. Esta primera iniciativa inclusiva e integral, se contempló para  realizarse en el mes de mayo durante los días 6, 8 y concluirá el viernes 10 por lo que el día lunes ya se llevó a cabo el primer ejercicio, según la SSC.

A las 09:00 horas de este lunes 6 de mayo inició la jornada para ejercer el voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur, en el Centro Varonil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla y en el Centro Femenil de Reinserción Social “Tepepan”. Informó la SSC.

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Por otra parte, los centros penitenciarios restantes; Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla y en el Centro Varonil de Seguridad Penitenciaria I, llevaron a cabo su votación el miércoles 08 de mayo. Cabe resaltar, que para realizar su voto, los y las recluidas recibieron información que les ayudara a elegir a su candidato, así como tuvieron las proyecciones de los debates presidenciales, folletos y mesas de diálogo.

Nos trajeron las pláticas, vimos los debates y con eso nos pudimos apoyar para poder votar”, relató a medios un prisionero, quien también pide un poco más de consideración para quien pasa por esa situación legal.

Los centros penitenciarios que participaran en el Estado de México son: El Centro Federal de Readaptación Social CEFERESO de la entidad: Chalco, Cuautitlán, Ecatepec, El Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Lerma, Neza Bordo, Neza Norte, Neza Sur, Otumba Tepachico, Santiaguito, Sultepec, Tenancingo Sur, Tenango del Valle, Texcoco, Tlalnepantla, Valle de Bravo, Zumpango y el CEFERESO de máxima seguridad, el Altiplano.

Estas acciones se llevan a cabo desde que la Sala Superior del TEPJF, reconoció el derecho al voto activo de las personas en prisión preventiva, aduciendo entre otras cuestiones, que el voto es un elemento de socialización, que no existe un criterio razonable para impedirlo y que el derecho internacional ampara esta prerrogativa ciudadana.

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Lo anterior se sustenta en el artículo 38 constitucional que menciona que los derechos de los ciudadanos se suspenden por diversas razones, una de ellas es estar sujeto a un proceso criminal por algún tipo de delito. Esta suspensión comienza a partir de la fecha del auto de formal prisión. Así como, el artículo 20 quien señala que dentro de un proceso penal, será derecho de toda persona imputada la presunción de inocencia, hasta que no se demuestre lo contrario, esto es cuando se le dicta una sentencia. Lo anterior quiere decir, que mientras no se demuestre la responsabilidad de la persona detenida, continúa con su derecho al voto. Si bien no puede participar para un cargo, sí puede emitir su voto, pues así lo indica la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

 

 

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