Horario de Verano. De ser aprobada por el Senado, la ley entraría en vigor el 30 de octubre del presente año, en lugar del 1 de noviembre.
Por Redacción / @Somoselmedio
Con 445 votos a favor, 8 en contra y 33 abstenciones, este jueves se aprobó el dictamen que expide la Ley de los Husos Horarios que determina que en el territorio nacional habrá un horario estándar que se establecerá de acuerdo con las zonas horarias y únicamente se aplicará un horario estacional para los municipios de la zona fronteriza norte.
El presidente de la Comisión de Energía, diputado Manuel Rodríguez González (Morena), mencionó que el dictamen recoge planteamientos de iniciativas de diputadas y diputados, cuya coincidencia esencial fue la necesidad de eliminar el llamado horario de verano en todo el territorio nacional, y contempla la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal para expedir la Ley de los Husos Horarios en los Estados Unidos Mexicanos.
“Se ha buscado con el consenso y el acompañamiento de todas las fuerzas políticas, generar una normatividad que beneficie al pueblo de México.”
Recordó que desde 2013, debido al avance tecnológico que impactó en la eficiencia energética el ahorro, con motivo de horario de verano se va reduciendo; mil 347 gigawatts que alcanzó en 2010, para el año pasado el ahorro representaba sólo 537 gigawatts; es decir, un ahorro representó 0.16 por ciento del consumo nacional.
En el contexto internacional, expresó que cuando menos hay 18 países que han derogado el horario de verano. En 2018, la Comisión Europea encuestó a 4.6 millones de personas sobre eliminar el horario de verano y el 84 por ciento aprobó su desaparición.
Rodríguez González puntualizó que el dictamen es una ponderación entre argumentos de tipo económico, con argumentos de tipo social y de salud, pero también técnicos.
En los técnicos, dijo, se planteó que, al desaparecer el horario de verano, en determinadas horas del día, aumentaría el consumo de energía, lo que provocaría la necesidad de generar más electricidad y, por ende, mayor carga en la transmisión.
Sin embargo, añadió, “podemos estar tranquilos, la Comisión Federal de Electricidad puede generar y transmitir esa electricidad sin problema alguno, ya que frente a su capacidad instalada no es un aumento significativo”.
En lo económico, precisó, se pondera la salud de las personas, ya que el ahorro es ínfimo, apenas de centavos por día para los usuarios del servicio de energía eléctrica, frente a los problemas de salud.
De acuerdo con la Academia Estadounidense de Medicina del Sueño, existe evidencia que se ha ido acumulando lentamente a lo largo de los años, en términos de los efectos adversos, cuando se pasa del horario de verano al horario estándar y viceversa.
Además, mencionó que la afectación en el bienestar general de la población por el cambio de horario puede verse en la salud cardiovascular, incremento de riesgos de accidente cerebrovascular y fibrilación auricular, errores de medicación, salud mental y accidentes de trabajo.
Afirmó que hay otros factores que sí inciden para mantener el horario de verano y es la intensa relación social, cultural y económica que tienen los municipios de la frontera con los Estados Unidos. Por ello, hay una excepción.
“En la zona fronteriza norte del territorio nacional se aplicará un horario estacional, el cual surtirá efecto desde las 2 horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las 2 horas del primer domingo de noviembre”, explicó.
El presidente de la Comisión de Energía destacó que “con la aprobación la ley vuelve a ser justa para los millones de habitantes que buscan disfrutar de su descanso sin alteraciones para levantarse y construir todos los días con entusiasmo el país que queremos”.
Anunció que presentarán reservas para que Chihuahua pertenezca a la Zona Centro, es decir, meridiano 90, sustituir el término de Zona Fronteriza por el de estados y municipios de la frontera norte y dejar perfectamente delimitado qué municipios formarán parte del horario estacional en la frontera norte.
De igual modo, establecer un capítulo tercero, denominado “De las modificaciones a los husos horarios en las entidades federativas y municipios”, con el cual se regule el procedimiento para que los congresos locales puedan presentar iniciativas con proyecto de ley para reformar la Ley de los Husos Horarios en los Estados Unidos Mexicanos, si es que así lo consideran necesario y que el Congreso de la Unión legisle en la materia.