Como un antecedente histórico en Jalisco, el pasado 18 de marzo, un Juez Federal otorgó a una mujer un amparo contra el delito de aborto y la clausula constitucional de protección a la vida desde la concepción, ambas disposiciones contendidas en el Código Penal estatal.

Se trata de una estrategia emprendida por diversas organizaciones en el país, quienes se han articulado para promover amparos contra las legislaciones penales que prohíben y sancionan el aborto voluntario.

Aunque la determinación del juez sólo beneficiará a la mujer promovente, esta sentencia insta al Congreso de Jalisco a priorizar el debate legislativo sobre el aborto y, con ello, garantizar la autonomía reproductiva de las mujeres y personas con capacidad de gestar en la entidad, afirmaron las organizaciones.

Por Dalia Souza / @DaliaSouzal / ZonaDocs

Una mujer en Jalisco podrá ejercer su derecho a abortar sin ser sancionada por legislación local.

Si bien, ahora no se encuentra embarazada, acompañada de al menos 15 organizaciones nacionales, presentó ante un Juez Federal la solicitud de un amparo en el que planteaba que “la regulación del aborto vigente en Jalisco y la cláusula de protección a la vida -contenidas también en la normativa- tienen efectos en el ejercicio de sus derechos porque promueven estereotipos de género sobre la función reproductiva de las mujeres y otras personas gestantes. Además de generar un estigma hacia quienes han decidido abortar”.

Esta iniciativa forma parte de una estrategia que han emprendido diversas redes de organizaciones y colectivos a favor del derecho a decidir, para promover amparos contra las legislaciones locales que prohíben y sancionan el aborto voluntario.

En rueda de prensa, este 23 de marzo, anunciaron que el Juez Federal falló a favor de la demandante. En su determinación, la autoridad judicial consideró que “la sanción a las mujeres que abortan voluntariamente viola sus derechos reproductivos porque no les permiten tomar decisiones autónomas sobre la continuidad del embarazo”.

Aunado a ello, reconoció que dicha regulación, así como la cláusula de protección a la vida desde la concepción, son inconstitucionales pues buscan restringir el acceso al aborto.

Es importante advertir que, durante los meses de septiembre y octubre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió diversas determinaciones en materia de despenalización del aborto voluntario; la inconstitucionalidad de la “protección de la vida desde el momento de la concepción”; así como, el reconocimiento de la objeción de conciencia como un derecho limitado y de carácter individual.

Desde la Red de Defensoras de los Derechos de las Mujeres en Jalisco, han llamado a las y los legisladores a modificar el artículo 4 de la Constitución del estado de Jalisco, el cual establece la protección de la vida desde la concepción; a eliminar el artículo 228 del Código Penal de Jalisco; y también a armonizar el artículo 187 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco sobre la objeción de conciencia, en función de las determinaciones establecidas por la Suprema Corte.

Hasta ahora, sólo la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz, Hidalgo, Baja California, Colima y Sinaloa han reformado sus códigos penales para despenalizar el aborto.

La sentencia, informaron las organizaciones en su boletín de prensa, “ordena que la regulación penal del aborto y la clausula de protección a la vida desde la concepción no se le aplique a la mujer demandante, por lo que, de requerirlo posteriormente, ella podrá acceder al aborto sin tener que justificar el motivo y sin temor a ser criminalizada”.

Anunciaron que esta es la primera sentencia en la materia dentro del estado de Jalisco y que se suma a las decisiones que otros jueces y juezas han tomado en Nuevo León, Quintana Roo y Yucatán para amparar a mujeres contra la regulación penal que en estas entidades restringe y criminaliza el aborto.

Por otro lado, también “reafirma la posibilidad de que las mujeres y personas gestantes que radican en las entidades en las que aun no se ha modificado el código penal puedan solicitar un aborto voluntario sin ser criminalizadas” refieren.

Finalmente, consideraron vital que, a partir de esta decisión, el Congreso de Jalisco -así como otros que aún no despenalizan este derecho- priorice el debate sobre el aborto para garantizar la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes. Al mismo tiempo, las instituciones de salud, quienes deben proveer el acceso al aborto voluntario como parte de sus obligaciones en materia de salud.

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