El Congreso de la Ciudad de México, aprobó que las terapias de
conversión sexual, sean consideradas delito ya que atentan contra la identidad sexual.
Por Redacción/Somos el medio
El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó las reformas al Código Penal local para tipificar los contratos, tratamientos, terapias o servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual o identidad o expresión de género, llamadas Terapias de conversión o Ecosig (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género); y que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual de las personas en la ciudad.
El dictamen fue aprobado en lo general por 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones.
Durante la sesión extraordinaria virtual realizada este viernes, las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género presentaron el dictamen a la iniciativa presentada en septiembre de 2018 por el diputado Temístocles Villanueva Ramos (MORENA).
El legislador Eduardo Santillán, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, señaló que la adición del Artículo 190 Quarter al Código Penal no criminaliza el acompañamiento que se hace respetando la voluntad de la persona, y explica de manera precisa que ninguna preferencia u orientación sexual puede tener un tratamiento como enfermedad.
Santillán señaló que el dictamen salvaguarda el derecho al libre desarrollo de la personalidad, también salvaguarda la práctica médica profesional y el acompañamiento espiritual y religioso, respetando la voluntad de la persona.
Este dictamen hace una definición de las terapias de conversión como “aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto: modificar, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona”, advirtió el legislador Santillán Pérez.
Cualquiera de estas terapias de conversión –indica el dictamen— que utilicen métodos violentos de manera física, moral, o psicoemocional con tratos crueles y denigrantes en contra de la dignidad humana se establece una sanción de prisión de dos a cinco años. Este delito se perseguirá por querella (denuncia presentada ante un juez). También se hace una protección importante adicional hacia las personas menores de edad, pues ese delito se perseguirá por denuncia.
El congresista Santillán Pérez hizo un reconocimiento a la participación de la Fiscal capitalina, Ernestina Godoy; a la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos local, Nashieli Ramírez; a los titulares de Copred y del Tribunal Superior de Justicia, Geraldina González de la Vega y Rafael Guerra Álvarez, respectivamente, por sus aportes durante el análisis de este dictamen.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, diputada Paula Soto Maldonado, aseveró que las terapias de conversión violan el consentimiento informado, emplean violencia física, psicoemocional y atentan contra la dignidad humana. “Es una acción violenta en contra de una persona y representan una amenaza para la salud, estigmatiza la homosexualidad y son consideradas poco éticas”.
El diputado Fernando Aboitiz Saro, de la Asociación Parlamentaria Encuentro Social, presentó una reserva al dictamen, la cual no fue aprobada por el pleno.
Victoria para la lucha LGBTTTI
En su oportunidad, el promotor de la iniciativa el diputado Temístocles Villanueva (MORENA) reconoció que este dictamen representa una victoria para la lucha de la comunidad LGBTTTI.
“Hoy buscamos la penalización de las terapias de conversión, pues no hay nada qué curar. Llevamos más de 30 años defendiendo que no estamos enfermos, respaldados además por la Organización de las Naciones Unidas (ONU)”, dijo.
“Estas terapias atentan contra el libre desarrollo de la personalidad, del derecho que tienen a elegir de forma libre y autónoma, sin coacción, ni controles, ni religiosos, ni moralistas”, resaltó.