El Vaticano anuncia la apertura de los sacramentos a personas gays y trans.
Por Redacción / @Somoselmedio
En una decisión histórica, el Vaticano anunció la autorización para que personas gays y transexuales sean bautizadas, además de permitirles desempeñar roles importantes en ceremonias sacramentales, como padrinos en bautismos y testigos en matrimonios. La noticia fue comunicada a través de una carta firmada por el Papa Francisco (@Pontifex_es) y la Congregación para la Doctrina de la Fe, dirigida por el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández.
La carta fue una respuesta a las preguntas planteadas por S.E. Mons. José Negri, Vescovo di Santo Amaro in Brasile, sobre la participación de personas trans y homoafectivas en los sacramentos del bautismo y matrimonio. El documento, fechado el 14 de julio de 2023, revela las siguientes respuestas del Dicastero:
1. Bautismo para Personas Trans:
- Un transexual puede ser bautizado, incluso después de tratamientos hormonales o intervenciones quirúrgicas de reasignación de género.
- Se enfatiza la necesidad de evitar situaciones de escándalo o desorientación en los fieles.
- Para niños o adolescentes con cuestiones trans, podrán recibir el bautismo si están bien preparados y dispuestos.
2. Roles de Padrino o Madrina para Personas Trans:
- Un transexual adulto puede desempeñar el papel de padrino o madrina en el bautismo, sujeto a ciertas condiciones.
- La decisión debe basarse en la prudencia pastoral y evitar situaciones que puedan causar escándalo o desorientación en la comunidad eclesial.
3. Testigo de Matrimonio para Personas Trans:
- No hay prohibición en la legislación canónica universal que impida a una persona trans ser testigo de un matrimonio.
4. Bautismo de Niños con Padres Homoafectivos:
- Se requiere la esperanza fundamentada de que el niño será educado en la religión católica para permitir el bautismo.
5. Padrinos Homoafectivos Convivientes:
- Pueden ser padrinos o madrinas aquellos que tengan la aptitud y lleven una vida conforme a la fe y al encargo asumido.
- La prudencia pastoral es esencial, especialmente en casos de convivencia en una relación more uxorio.
6. Testigo de Matrimonio para Personas Homoafectivas Convivientes:
- No hay restricciones en la legislación canónica universal para que una persona homoafectiva y que convive sea testigo de un matrimonio.
El comunicado destaca la importancia de la fidelidad del amor incondicional de Dios, incluso en situaciones de duda sobre la situación moral de una persona. La Iglesia hace hincapié en la acogida y la comprensión, recordando que “nemmeno le porte dei Sacramenti si dovrebbero chiudere per una ragione qualsiasi” (las puertas de los sacramentos no deben cerrarse por ninguna razón).