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Juez ordena a la CNDH la publicación íntegra de las recomendaciones sobre el caso de la mina Pasta de Concho

Foto: Miguel Ángel Reyna | Juez emite fallo a favor de Elvira Martínez Espinoza en el caso de la mina Pasta de Conchos.

Mediante un amparo que había generado la esposa de uno de los afectados por el caso de la mina Pasta de Conchos, en Coahuila, con apoyo de organizaciones, un juez federal ordenó a la CNDH, la publicación íntegra de las recomendaciones sobre el hecho.

Por Moisés Franco | @MoyFranco_

Coahuila.- Un juez federal en materia administrativa concluyó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) “violó el derecho a la verdad y al acceso a la información” de Elvira Martínez, esposa de uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos, al haber testado más de 2500 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, entre ellas la emitida en 2006 relacionada al siniestro sucedido el 19 de febrero del mismo año, ademas de censurar elementos fundamentales sobre los hechos que describían las violaciones a los derechos humanos ocurridas.

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Fue así, que mediante un comunicado conjunto por parte del Centro Prodh y Artículo 19 se mencionó, que dicha resolución se dio tras un amparo que a la hoy afectada se le otorgó el pasado 17 de mayo del 2024 por lo que la CNDH decidió eliminar de su página web las recomendaciones relativas en el caso para después publicar una versión testada de la misma, resaltaron las organizaciones que acompañaron a la esposa de Jorge Bladimir Muñoz Delgado.

En dicha recomendación se estipuló que se habían cometido una diversidad de violaciones a los derechos humanos de los mineros y sus familias y que las autoridades habían permitido irregularidades y violaciones a la seguridad en la mina desde el año 2000. Esta omisión, derivó en la explosión de la mina y como resultado la pérdida de varias vidas. Asimismo, indicó el centro Prodh que “La propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la Recomendación 26/2006, determinó que “los servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social toleraron que la referida empresa funcionara en condiciones que no garantizaban íntegramente la salud y la vida de los trabajadores”.

En entrevista para medios, Eduardo Guerrero abogado del Centro Prodh mencionó que al haber avanzado el amparo la CNDH argumentó que actuó bajo las recomendaciones por protección de los datos personales y en atención a la Ley de Transparencia.

“Esa decisión de bajar recomendaciones y después testar, la CNDH argumentó que era para  proteger datos personales y atender la Ley de Transparencia, pero no rectifica ni asume que su decisión tiene un afectación precisamente por un tema de transparencia, al no  ponderar si testar la recomendación, violaba los derechos de víctimas y de la sociedad al acceso de la información”.

Y destacó que “es fundamental que esa decisión se extienda en el resto de los 2 mil 540 casos mencionados”.

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Las organizaciones de apoyo exigieron a la CNDH se lleve a cabo el mandato del juzgado y buscarán que la PJF se pronuncie para la garantía del derecho a la verdad.

Exigimos a la CNDH que cumpla con lo ordenado por el juzgado y publique íntegramente las recomendaciones, sin esperar a que cada víctima tenga que interponer un amparo y litigar derechos que la misma Comisión por sí misma tendría que garantizar. Las organizaciones seguiremos buscando que el Poder Judicial de la Federación se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de las normas y acuerdos con que el organismo ha retrocedido con opacidad en la garantía plena del derecho a la verdad”.

 

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