Ciudad de México, 14 de noviembre de 2018.- Durante el segundo día de debate sobre la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, seis ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron por invalidar la Ley de Seguridad Interior debido a que el Congreso de la Unión no tiene facultades expresas para legislar en esta materia.
Se necesitan ocho votos en total para invalidar la ley, lo que podría suceder mañana cuando el resto del Pleno fije postura.
Por su parte, seis Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de la ONU han enviado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sus preocupaciones en torno a la Ley de Seguridad Interior de cara al debate judicial en curso derivado de las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por diversos actores.
El ministro Eduardo Medina Mora advirtió que el Congreso de la Unión carece de facultad constitucional expresa para legislar sobre “seguridad interior”, sin que esto se subsane aludiendo a las llamadas facultades implícitas. Además, la seguridad nacional, dijo, no es una materia que subsume a la seguridad interior, sino que ésta es una materia diferente. Por tanto, dijo, la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional en su totalidad. De no invalidarse la ley en su totalidad, advirtió, podría perpetuarse el incentivo que hoy provoca que las entidades y los municipios se desentiendan de sus obligaciones más básicas.
El ministro José Ramón Cossío refirió que el Ejecutivo puede disponer de las Fuerzas Armadas sólo en dos escenarios: suspensión de derechos o situación de guerra, entendidas estos dos estadios de forma estricta. Lo que hizo el Congreso con la Ley de Seguridad Interior, consideró, es justificar la disposición de las Fuerzas Armadas por parte del Ejecutivo al margen de lo dicho por los artículos 29 y 129, generando con ello una excepción inconstitucional. Enfatizó que las funciones de seguridad pública sólo pueden realizarse por autoridades civiles en términos del artículo 21 constitucional, de ahí que haya concluido que la Ley debe ser invalidada en su totalidad por la falta de facultades expresas del Congreso de la Unión para legislar en la materia.
El ministro Arturo Zaldívar señaló por un lado que la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional en su totalidad porque constituye un “fraude a la Constitución”, al regular materialmente la intervención en seguridad pública de las Fuerzas Armadas nombrándole subrepticiamente “seguridad interior”, y por otro. La ministra Norma Lucía Piña también se posicionó por la inconstitucionalidad total de la Ley. Refirió que estima indispensable dotar de un marco jurídico a las Fuerzas Armadas para regular las tareas que hoy realizan. No obstante, señaló que encontró vicios en el proceso legislativo que en su consideración tienen el potencial de invalidar toda la Ley, específicamente por cuanto hace a la actuación irregular de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados e incluso en el Senado.
El ministro Alberto Pérez Dayán y el ministro Laynez Potissek también se posicionaron en contra del proyecto que propone reconocer como constitucional la facultad del Congreso para legislar sobre seguridad interior.
La sesión se levantó poco antes de las 14:00 y se convocó para continuar el día jueves. Restan por pronunciarse la ministra Luna Ramos y los ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Franco, Aguilar (como Ministro Presidente) y Pardo (como ministro responsable del Proyecto).